La respuesta corta
Si vas a comprar o regalar un dron para empezar, la clave está en tres comprobaciones: el peso, si lleva sensores que puedan captar datos personales y la formación del piloto. Con esos datos se sabe qué trámites hacen falta y qué normas de vuelo se aplican.
La normativa de AESA se organiza por categorías. Para la categoría abierta, el dron debe tener una masa máxima de despegue inferior a 25 kg y no puede volar por encima de 120 m desde el punto más próximo de la superficie terrestre [1]. Dentro de esa categoría, los drones de menos de 250 gramos encajan en la subcategoría A1 [1].
Peso y clase: por qué importan los 250 gramos
El umbral de 250 gramos es el que más condiciona la compra. En la subcategoría A1 entran los drones de clase C0, que tienen una masa máxima de despegue de menos de 250 g y una velocidad horizontal máxima de 19 m/s, y también los de construcción privada de menos de 250 g [1].
| Caso | Qué implica según AESA |
|---|---|
| Menos de 250 g (clase C0) | Subcategoría A1. Hay que evitar el sobrevuelo de personas no participantes y de concentraciones de personas [1] |
| 250 g o más | Hay que registrarse como operador en la sede electrónica de AESA [1] |
| Menos de 250 g con sensor capaz de captar datos personales | Hay que registrarse, salvo que se cumpla la directiva de juguetes [1] |
El peso que figura en la ficha no basta por sí solo. Conviene revisar también la velocidad y el tipo de sensores, porque las condiciones de la A1 se leen en conjunto [1].
Registro como operador
AESA exige registrarse como operador en su sede electrónica cuando el dron pesa 250 g o más, o cuando lleva un sensor capaz de captar datos personales, salvo los que cumplen la directiva de juguetes [1]. Si el dron es de menos de 250 g y no lleva ese tipo de sensor, esa obligación no aplica en los términos que recoge la normativa [1].
Cuando el registro sí es obligatorio, el número de operador debe colocarse en el dron [2]. Los drones que el fabricante clasifica como juguete quedan fuera de la obligación de registro [2].
¿Y si el dron tiene cámara?
La pregunta práctica es si la cámara es un sensor capaz de captar datos personales. AESA aplica ese criterio a cualquier sensor de ese tipo, así que la cámara debe valorarse con esa regla y no solo por su presencia [1]. Si el fabricante lo clasifica como juguete y cumple la directiva correspondiente, el caso cambia [1][2].
Formación y edad mínima
En la categoría abierta, el piloto debe contar con un certificado de formación como piloto a distancia A1/A3 [1]. Es el requisito que más se pasa por alto al comprar un dron de iniciación, porque no depende del precio ni de la marca, sino de quien pilota.
La edad mínima europea en la categoría abierta es de dieciséis años. En España se rebaja a doce años en la subcategoría A1 con un dron C0 que no sea un juguete, o con uno de menos de 250 g [1]. Esta diferencia es importante si el destinatario del regalo es un menor, porque el tipo de dron determina si puede volarlo a esa edad [1].
Dónde y cómo se puede volar
Hay tres reglas básicas para volar en la categoría abierta:
- La altura máxima es de 120 m desde el punto más próximo de la superficie terrestre [1].
- El dron debe estar en todo momento al alcance visual del piloto, salvo en modo sígueme o con un observador [1].
- En la subcategoría A1 se evita el sobrevuelo de personas no participantes y de concentraciones de personas [1].
Las operaciones en la subcategoría A1 quedan exceptuadas de las obligaciones de aseguramiento [1]. Aun así, conviene leer la normativa completa antes del primer vuelo, porque cada subcategoría tiene condiciones propias.
Qué mirar antes de comprar
Antes de elegir modelo, compara estos puntos en la ficha técnica y en la información del vendedor:
- Peso declarado: si está por debajo de 250 g, la compra encaja en la A1 con menos trámites [1].
- Sensores y cámara: determinan si hace falta registro de operador, salvo que el fabricante lo clasifique como juguete [1][2].
- Clasificación del fabricante: indica si el dron queda fuera de la obligación de registro cuando se trata de un juguete [2].
- Garantía legal: el vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de tres años desde la entrega del bien [3].
Si buscas un primer dron para un regalo, también puedes ver el catálogo de ofertas de drones o las ideas de gadgets para regalar. Para más información sobre productos de este tipo, consulta la sección de tecnología.
Recuerda que el destinatario del regalo también tendrá que cumplir las normas de vuelo, y que el registro, la formación y la edad deben comprobarse antes de volar, no después.
En resumen
Para un primer dron, lo más útil es mirar el peso, los sensores y la formación antes que las prestaciones. Con los datos de AESA sobre registro, edad y altura, la compra o el regalo queda mejor planteado desde el principio [1][2].
Preguntas frecuentes
¿Necesito licencia para volar un dron de menos de 250 gramos?
Según AESA, en la categoría abierta el piloto debe contar con un certificado de formación como piloto a distancia A1/A3 [1]. Un dron de menos de 250 g entra en la subcategoría A1, con sus propias normas de vuelo [1].
¿Tengo que registrarme si el dron tiene cámara?
Hay que registrarse si el dron pesa 250 g o más, o si lleva un sensor capaz de captar datos personales, salvo los que cumplen la directiva de juguetes [1]. La cámara debe valorarse con ese criterio. Si el fabricante lo clasifica como juguete, queda fuera de la obligación de registro [2].
¿A partir de qué edad se puede volar un dron?
La edad mínima europea en la categoría abierta es de dieciséis años. En España se rebaja a doce años en la subcategoría A1 con un dron C0 que no sea un juguete, o con uno de menos de 250 g [1].
